Alianza por los bosques de

Costa Rica

Vida Silvestre

“La vida silvestre está conformada por el conjunto de organismos que viven en condiciones naturales, temporales o permanentes en el territorio nacional, tanto en el territorio continental como insular, en el mar territorial, las aguas interiores, la zona económica exclusiva y las aguas jurisdiccionales y que no requieren el cuidado del ser humano para su supervivencia.

Acerca de la Alianza

Objetivo

Fomentar acciones y prácticas responsables, así como establecer alianzas estratégicas mediante coaliciones, con el fin de promover el desarrollo sostenible y la conservación de la vida silvestre.

Misión

Ser una comisión líder en la promoción de un desarrollo sostenible que garantice la conservación de la vida silvestre, mediante la implementación de prácticas responsables y la creación de alianzas estratégicas a nivel nacional.

Visión

Ser agentes de cambio y pioneros en la protección de la biodiversidad, estableciendo lineamientos en la gestión de la vida silvestre y promoviendo buenas prácticas que sirvan como modelo a seguir para la conservación.

Alianza

Delitos y contravenciones en perjuicio de la fauna y flora silvestre que son sancionables por el Estado

 Extraer, sin autorización del SINAC, plantas o sus productos en forma no comercial, en áreas oficiales de protección o en áreas privadas debidamente autorizadas.

 Extraer o comercializar, sin autorización del SINAC, con raíces o tallos de helechos arborescentes o cualquier tipo de flora silvestre.

 Importar, sin autorización del SINAC, la flora silvestre exótica.

 Ingresar sin autorización del SINAC a las áreas oficiales de conservación de la vida silvestre o en las áreas privadas debidamente autorizadas, portando armas blancas o de fuego, sierras, sustancias contaminantes, redes, trasmallos, arbaletas o cualquier otra arma, herramienta o utensilio que sirva para la caza, la pesca, la tala, la extracción o la captura, o el trasiego de la vida silvestre.

 Cazar fauna silvestre en las siguientes condiciones:

1. Sin la licencia correspondiente.

2. Cazar especies permitidas, pero con armas o proyectiles inadecuados.

3. Quien estando autorizado para el ejercicio de la caza de control o de la pesca exceda los límites que establezca el reglamento en cuanto a número de piezas, tamaños, especies y zonas autorizadas.

 Tener en cautiverio o en condiciones de mascota, sin autorización del SINAC, animales silvestres en peligro de extinción o con poblaciones reducidas y animales silvestres que no se encuentran en peligro de extinción ni con poblaciones reducidas.

 Dedicarse a la taxidermia o procesamiento, en forma comercial, de pieles de animales silvestres, sin la debida autorización del SINAC.

 Quien, voluntariamente, una vez el SINAC le haya otorgado autorización para ello, deje de buscar las piezas que ha cazado o pescado y con ello provoque el desperdicio del recurso.

 Pescar fauna silvestre en las siguientes condiciones:

1. Sin la licencia correspondiente.

2. Quien exceda los límites de pesca, en cuanto a tamaños, cantidades, especies, y zonas autorizadas para la pesca.

3. Pescar en tiempo de veda.

 Suministrar alimentos o sustancias no autorizadas a la fauna silvestre.

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